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Iniciativa EA

Iniciativa VA

Iniciativa TA

| Boletín BIS-BCM ISSN-0121-4675 | Res.Min.Gob.0036/91 Año 33 (1991-2024) | Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá CMCB / FMC | Actualización: 30ago24 |

Educación, Vigilancia y Transparencia Activa para evitar que actores con poder se apropien de los recursos del sistema de salud


Análisis, Síntesis, Proyección, Ejecución, Evaluación y Correctivos ASPEEC
Serie "Venas abiertas del sistema de salud colombiano"

 

El método ASPEEC busca contribuir al mejoramiento de políticas públicas de alto impacto en el sistema de salud. La serie "Venas abiertas del sistema de salud colombiano" del Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá CMCB / FMC y OBSERVAMED-PLUS, mostrará los casos más importantes, para
Difundir información científica y económica relevante sobre las tecnologías de Mayor Impacto en el Sistema de Salud MISS,
Mostrar las inconsistencias del Sistema de Información (SISMED, MiPres, MedColSTAT, etc.) y la Regulación de precios vigente,
Promover la adopción de medidas urgentes para neutralizar "inducciones perversas" (disposiciones vigentes que inducen prácticas inconvenientes) e
Inducir cambios estructurales concretos que avancen hacia un nuevo Sistema Integrado Transaccional y Distribuido de Información en Salud SITDIS.
Por una Política Pública de Manejo de Biotecnológicos.co
Evolución de Anticuerpos Monoclonales MISS 2014 a 2023

Evolución post
 Decreto 1782 de 2014 armi de Apertura de la competencia de Medicamentos Biotecnológicos

Gráfico N°1: Presidente Santos firmó el Decreto de apertura de competencia de Biotecnológicos

Anuncio del Presidente de la República Juan Manuel Santos, rodeado del Ministro de Salud Alejandro Gaviria y el equipo técnico-científico que culminó el diseño del Decreto 1782 de 2014 armi que establece los requisitos y el procedimiento para las Evaluaciones Farmacológicas de los medicamentos biológicos en el trámite del registro sanitario. Ver: Página de seguimiento inicial | Boletín de prensa MSPS | Palabras Presidente | Video conferencia de prensa | Página MinSalud seguimiento a consultas públicas | Precisiones finales | ABC MinSalud | Los medicamentos de origen biotecnológico, el futuro comienza ahora. Resumen técnico | Recuento El Espectador | EE: Abren la puerta a Biosimilares | Semana: La sana victoria de los biotecnológicos | El Tiempo Editorial: Contra viento y marea | Portafolio: Santos da vía libre a regulación de fármacos biotecnológicos | Editorial El Espectador: A hacer historia.
 
TEMARIO:
1. Licencia Obligatoria DOLUTEGRAVIR para uso gubernamental

2. Impacto DOLUTEGRAVIR GSK y Combinaciones 2014 a 2023
2.1. Reportes de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY® solo) a SISMED del 4° trimestre de 2023
2.2. Ventas de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY®GSK) solo de Trimestres 1°de 2022 a 4°de 2023
2.2.1. Ventas reportadas por TIVICAY®GSK CUM 20071938-01 de Trim.1°2022 a 4°2023
2.2.2. Ventas reportadas por TIVICAY®GSK CUM 20071938-02 de Trim1°2022 a 4°2023
2.3. Impacto Lamivudina+Abacavir+DOLUTEGRAVIR (TRIUMEQ®GSK) de 1T22 a 4T23
2.4. Impacto Biterapia Lamivudina+DOLUTEGRAVIR (DOVATO®GSK) de 1T22 a 4T23
2.5. Impacto DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de Trimestres 1° de 2020 a 4° de 2023
2.6. Prescripciones de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones en años 2021 a 2023
2.6.1. Prescripciones DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de 2021 a 2023 en 5 regiones
2.6.2. Prescripciones de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de 2021 a 2023 en 5 EPSs
2.7. Importancia de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones para GlaxoSmithKline GSK
2.7.1. Evolución de ventas de GlaxoSmithKline GSK en la última década
2.7.2. Ventas de GlaxoSmithKline GSK en el último trimestre de 2023
3, Presente y futuro de tratamientos del VIH-SIDA en Colombia
3.1. Situación del VIH-SIDA en Colombia según la Cuenta de Alto Costo en 2022
3,2, Informe CAC no diferencia TENOFOVIR Disoproxil  de TENOFOVIR Alafenamida
3.3. En 10 esquemas más reportados 7 incluyen TENOFOVIR y hay 3 opciones STR
3.4. EMTRICITABINA + TENOFOVIR Alafenamida + BICTEGRAVIR la opción Gilead
3.5. BIKTARVY la opción STR de GILEAD: Monopólica y sin regulación de precios
3.6. Impacto de EMTRICITABINA sin BICTEGRAVIR se suma al interés de GILEAD
4. DOLUTEGRAVIR y moléculas para opciones no protegidas
4.1. Ventas de LAMIVUDINA sin DOLUTEGRAVIR durante los años 2014 a 2023
4.2. Ventas de TENOFOVIR DISOPROXIL (sin protección de patente) de 2014 a 2023
4.3. En Colombia TENOFOVIR ALAFENAMIDA tiene solo un competidor disponible
5. DOLUTEGRAVIR y combinaciones en opciones no protegidas
5.1. LAMIVUDINA + TENOFOVIR DISOPROXIL + DOLUTEGRAVIR opción STR de OPS
5.2. LAMIVUDINA + TENOFOVIR DISOPROXIL + DOLUTEGRAVIR Otras Opciones STR
5.3. Combinación LAMIVUDINA + DOLUTEGRAVIR ¿Otra opción STR para Colombia?
6. Proyección acciones de Litigio Estratégico sobre VIH-SIDA
7. Proyección de cambios estructurales en el sistema de salud
7.1. Acuerdo No.15 de Política Farmacéutica en Proyecto de Reforma a la Salud ANM
7.2. Ley 2386 de 25jul24 de SOBERANÍA FARMACÉUTICA logro de la Sociedad Civil
7.3. Sistema Integrado Transaccional y Distribuido de Información en Salud SITDIS
7.4. Enlaces de respaldo documental de DOLUTEGRAVIR y sus combinaciones


Después de la declaratoria de existencia de razones de interés público para someter la patente del principio activo Dolutegravir a licencia obligatoria en la modalidad de uso gubernamental (mediante la Resolución N° 01579 de 2023 armi) e
l 23 de abril de 2024 la Superintendencia de Industria y Comercio SIC expidió la histórica Resolución No. 20049 de 2024 armi, que concedió la Licencia Obligatoria para Uso Gubernamental (LOUG) de DOLUTEGRAVIR, (TIVICAY®) medida que -por primera vez- se expidió en Colombia y ya entró en vigencia (pese a las acciones legales interpuestas por AFIDRO armi. y otros actores interesados. Resumimos aquí la información más relevante para promover tratamientos de mayor eficacia, menores efectos secundarios y mejor relación costo-beneficio, que sirvan al interés de la salud pública, independientemente de las acciones legales que se interpongan en su contra.
Con fecha 20ago24, MinSalud publicó el Proyecto de Resolución armi con su respectiva Memoria Justificativa armi, estableciendo un período de consulta pública hasta el Miércoles 28 de agosto de 2024, (5:00 p.m.).

1. Licencia Obligatoria DOLUTEGRAVIR para uso gubernamental

ANUNCIO DE MINSALUD EN EL ULTIMO CONGRESO DE LA ASOCIACIÓN DE HOSPITALES Y CLÍNICAS

Anuncio de la Licencia Obligatoria de DOLUTEGRAVIR en el último Congreso de la Asociación de Hospitales y Clínicas. Ver Video en 1h:11min:00

Después de la Resolución N° 01579 de 2023 armi del 23 de abril de 2024, la Superintendencia de Industria y Comercio SIC expidió la Resolución No. 20049 de 2024 armi, que concedió la Licencia Obligatoria para Uso Gubernamental (LOUG) de DOLUTEGRAVIR, esta medida que por primera vez se expidió en Colombia, entrará en vigencia plena cuando se resuelven las acciones legales interpuestas por AFIDRO armi. y otros actores interesados. La Resolución SIC 34716 del 28jun24 armi resolvió el recurso de reposición presentado por los titulares de la patente 07115501A de DOLUTEGRAVIR (SHIONOGI & CO. y VIIV HEALTHCARE CO.) y ratificó la licencia obligatoria de uso gubernamental por razones de interés público. Con fecha 20ago24, MinSalud publicó el Proyecto de Resolución armi con su respectiva Memoria Justificativa armi, estableciendo un período de consulta pública hasta el Miércoles 28 de agosto de 2024, (5:00 p.m.).

2. Impacto DOLUTEGRAVIR GSK y Combinaciones 2014 a 2023
Según datos reportados por GlaxoSmithKline a SISMED, en solo un par de años DOLUTEGRAVIR
(TIVICAY®) pasó de vender miles de millones a vender decenas de miles de millones y en 2023 pasó los $133,000 millones. En el gráfico N°1 puede verse el efecto de la introducción de sus combinaciones con Lamivudina y Abacavir (TRIUMEQ) y solo Lamivudina (DOVATO) que constituyen un ejemplo del efecto de las ampliaciones de la protección de la propiedad intelectual que implementarse en Colombia: Las moléculas de interés para las farmacéuticas pueden obtener una protección "express" para el mercado local, cuyo vencimiento no interfiere la protección de sus patentes internacionales (las cuales además pueden ser ampliadas con mecanismos adicionales conocidos como "evergreening"). Por tal razón, tuvo que adelantarse la Declaratoria de Interés Público (DIP) como requisito para obtener la Licencia Obligatoria (LO) así sea solo "para uso gubernamental". En ese contexto, veamos la evolución de las ventas reportadas a SISMED por DOLUTEGRAVIR y sus combinaciones en los años 2014 a 2023:

Gráfico N°1: DOLUTEGRAVIR y Combinaciones. Evolución de ventas anuales en unidades y valores de 2014 a 2023
.
 DOLUTEGRAVIR (TIVICAY
® de GLAXOSMITHKLINE) obtuvo su Registro Sanitario en 2014 (INVIMA 2014M-001555) y la renovó en 2019 (INVIMA 2019M-0015552-R1), Inició sus reportes a SISMED el año 2015. La combinación LAMIVUDINA + ABACAVIR + DOLUTEGRAVIR (TRIUMEQ® de GSK) se registró en 2015 (INVIMA 2015M-0016583) y sus ventas se reflejaron significativamente en SISMED desde 2019. La combinación LAMIVUDINA + DOLUTEGRAVIR (DOVATO® de GSK) se registró en 2021 (INVIMA 2021M-0020330). En 9 años, de 2015 a 2023 el acumulado de ventas de unidades diversas reportadas a SISMED por el laboratorio superaron el millón y las ventas en valores llegaron a $400.000 millones. La estrategia de desarrollar mercados con combinaciones de moléculas en este caso resulta más exitosa para la farmacéutica porque coincide con la tendencia internacional "Single Treatment Regimen STR" que ofrece mejores resultados terapéuticos con menos efectos secundarios. 

2.1. Reportes de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY® solo) a SISMED del 4° trimestre de 2023
En la pantalla de seguimiento por Principio Activo del Sistema VMI-CFN puede verse que DOLUTEGRAVIR (TIVICAY® 50 mg de GLAXOSMITHKLINE COLOMBIA S.A.) fue incluido en Normas Farmacológicas con Código 4.1.3.0.N10. El Código ATC J05AX12 asignado en la base de datos del INVIMA está desactualizado. El ATC actualizado por la OMS es J05AJ03. DOLUTEGRAVIR obtuvo Protección del Decreto 2085 (Patente Express) con vigencia del 5 de enero de 2015 al 5 de enero de 2020 (Acta 45 de 2013 numeral 3.1.1.2). Sus precios aparecen regulados en las últimas Circulares de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos CNPM y el Plan de Beneficios PBS incluye todas las concentraciones y formas farmacéuticas.

. Gráfico N°2: Pantalla de seguimiento del Principio Activo DOLUTEGRAVIR correspondiente al 4° trimestre de 2023

TIVICAY 50 mg registró una presentación comercial con CUM 20071938-01 Frasco x 30 Tabletas recubiertas y con CUM 20071938-02 para muestras médicas. En el último trimestre de 2023, la presentación comercial reportó ventas de Transacciones Primarias (del laboratorio importador) de 59.739 unidades por COP 21.651.982.950 con Precio Promedio de la Presentación en Sismed PPPS de COP 362.443. Los demás actores reportaron ventas de Transacciones Secundarias de 541.575 tabletas por COP 9.198.782.968 con PPPS de COP 16.985 cada tableta. Por Transacciones Finales (Cobros y Recobros a cargo del Sistema) se reportaron 453.050 tabletas por COP 6.653.505.854 con PPPS de COP 14.686 cada tableta. Entre los Cobros y Recobros pagados por el Sistema en el último trimestre de 2023, con CUM 20071938-02 de MUESTRA MÉDICA sin valor comercial, aparecen 250 unidades por COP 26.238.130 con PPPS de COP 104.953. Esto elevó las Transacciones Finales a 453.300 tabletas por COP 6.679.743.984 con PPPS de COP 14.736 cada tableta.

2.2. Impacto de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY®GSK) de Trimestres 1°de 2022 a 4°de 2023
Las pantallas de seguimiento a los reportes de TIVICAY 50 mg con CUM 20071938-01 (presentación comercial) y CUM 20071938-02 (muestras médicas) desde el trimestre 1° de 2022 hasta el 4° de 2023, permiten ver el detalle de Transacciones Primarias, reportadas por el laboratorio importador, Transacciones Secundarias reportadas por otros actores de la cadena de distribución y Transacciones Finales reportadas como Cobros y Recobros al Sistema de Salud. Llaman la atención especialmente las cantidades en unidades y los valores absurdos de los datos "multifuente" de transacciones secundarias de los segundos trimestres de 2023 y 2022 de la presentación comercial, así como el precio regulado y las transacciones secundarias y finales de las muestras médicas "sin valor comercial".

2.2.1. Ventas reportadas por TIVICAY®GSK CUM 20071938-01 de Trim.1°2022 a 4°2023
La evolución de las ventas reportadas por TIVICAY 50 mg CUM 20071938-01 del trimestre 1° de 2022 al 4° de 2023 puede verse en el siguiente gráfico:

Gráfico N°3: Pantalla de seguimiento de reportes de  DOLUTEGRAVIR (TIVICAY 50 mg GSK) CUM 20071938-01 de Trimestres 1° de 2022 a 4° de 2023

En el fragmento superior de la pantalla enmarcamos los datos básicos de esta presentación: Régimen de la regulación de precios que le corresponde, Registro sanitario, Nombre comercial semiparametrizado, Principio activo parametrizado y no, Forma farmacéutica, Concentración del principio activo, Presentación comercial, etc. En las ventanas de la parte media en bloques verticales se muestran el bloque de Transacciones primarias institucional y comercial sumadas de ventas en unidades y valores con su respectivo cálculo de Previo Promedio de la Presentación en SISMED (PPPS) seguido de los bloques de Transacciones solo institucionales y de solo comerciales. Y le siguen las columnas del Factor de Cálculo de Unidosis con los respectivos PPPS unitarios. Las líneas de fondo verde corresponden a Transacciones primarias, las de fondo azul a Transacciones secundarias y las de fondo blanco a Transacciones finales. En la parte inferior, aparece la tabla comparativa de PPPS de Transacciones primarias, secundarias y finales junto al Precio Máximo de Venta PMV fijado por la última Circular de la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos CNPM y el Precio Regulado Ajustado PRA para prestadores, con Factor de Cálculo de Unidosis con los respectivos PPPS unitarios. Por debajo, se encuentran la línea de Precios al Público Encuestados PPE en una muestra de 9 plataformas de Internet y el campo memo de anotaciones regulatorias y detalles del Registro sanitario tomado de la base de datos del INVIMA.En los 4 segmentos de esta pantalla se destacan los siguientes datos:

10 Datos relevantes en pantalla de seguimiento de reportes de TIVICAY 50 mg CUM 20071938-01 del trimestre 1°de 2022 a 4°de 2023

1.2.1.1. TIVICAY 50 mg CUM 20071938-01 Ya tiene una renovación del registro sanitario como INVIMA 2019M-0015552-R1 y permanece sometido a régimen de Control Directo en la regulación de precios vigente. Algo irrelevante, porque el precio regulado equivale al triple del precio reportado por el laboratorio.
1.2.1.2. La Protección de datos de prueba del Decreto 2085 para DOLUTEGRAVIR estuvo vigente hasta el 5 de enero de 2020 y actualmente se encuentra VENCIDA. Nótese que el vencimiento de la protección "express" del Decreto 2085 NO AFECTA la protección de patente internacional que sigue vigente
1.2.1.3. Actualmente el sistema de reportes a SISMED no cuenta con mecanismos de validación y analítica de datos, razón por la cual  pueden publicarse casos como del 2° trimestre de 2023 con reportes increíbles de Transacciones secundarias con 531.937.970 unidades por un valor de COP 9.575.398.029.459.-
1.2.1.4. La falta de mecanismos de validación y analítica de datos en SISMED permite que datos errados como los de Transacciones secundarias comerciales de los trimestres 2° de 2023 y 2022 afecten los totales de Transacciones secundarias institucionales y comerciales del trimestre y los acumulados anuales.
1.2.1.5. Los errores por falta de validación y analítica de datos en SISMED que se observaron en 2023 y 2022 afectan básicamente los datos reportados de Transacciones secundarias comerciales o institucionales y Transacciones finales que son MULTIFUENTE, es decir de múltiples actores reportantes.
1.2.1.6. Dado que los errores por falta de validación y analítica afectan especialmente a Transacciones secundarias y finales que son MULTIFUENTE, el análisis de las ventas reportadas a SISMED debe basarse en datos de Transacciones primarias del Laboratorio productor o importador que son MONOFUENTE.
1.2.1.7. Al comparar los Precios PPPS de Transacciones primarias, secundarias y finales puede verse que los precios del Laboratorio son de cajas por 30 tabletas mientras los de Transacciones secundarias y finales son por tableta. El precio por caja de 30 pagado por el Sistema aparese en los campos amarillos.
1.2.1.8. Los precios regulados, el máximo de venta y ajustado para prestadores (en fondo rojo) más que triplican los precios reportados por el Laboratorio, los actores de la cadena de distribución y los pagados por el Sistema de salud. Los cambios del 31jul24 no corrigen estos errores, antes los empeoran.
1.2.1.9. Simplificando estos datos puede decirse que los precios regulados de cada tableta de TIVICAY ($52.506 y $54.343) más que triplican el precio reportado por el Laboratorio y pagado por el Sistema de salud. Los precios regulados publicados el 31/julio/2024 no corrigen el problema, antes lo empeoran.
1.2.1.10. El Precio Público Promedio Encuestado PPPE en 5 plataformas de Internet el 2° trimestre de 2024 fue $725.487 caja de 30 tabletas ($24.183 cada tableta). Por lo tanto, los precios regulados de TIVICAY 50 mg de GlaxoSmithKline más que duplican los precios de venta al público.

En síntesis, frente el impacto notable de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY 50 mg CUM 20071938-01) en las finanzas del sistema de salud colombiano de de los años 2022 y 2023 se observó una debilidad institucional traducida en prácticas de protección a la propiedad intelectual de las multinacionales farmacéuticas. Dichas prácticas dañaron el sistema de información e inutilizaron la regulación de precios durante la administración Duque-Ruiz (por falta de validación y analítica de los datos reportados s SISMED) algo que aún no se corrigió durante la actual administración, pese a los esfuerzos iniciales de este gobierno.  

2.2.2. Ventas reportadas por TIVICAY®GSK CUM 20071938-02 de Trim1°2022 a 4°2023
Las ventas reportadas por TIVICAY 50 mg CUM 20071938-02 de "muestras médicas sin valor comercial" entre el 4° trimestre de 2021 y 4° trimestre de 2023 permite ver Transacciones secundarias (de múltiples actores de la cadena de distribución) por $343.784.997 el año 2023, junto con otras inconsistencias que pueden verse en el siguiente gráfico:

Gráfico N°4: Pantalla de seguimiento de reportes de  DOLUTEGRAVIR (TIVICAY 50 mg GSK) CUM 20071938-02 de Trimestres 1° de 2022 a 4° de 2023
 

7 inconsistencias en los reportes de TIVICAY 50 mg CUM 20071938-02 MUESTRA MEDICA de trimestres 1° de 2022 a 4° de 2023

1.2.2.1. TIVICAY 50 mg CUM 20071938-02 Muestra Médica sin valor comercial, se encuentra erróneamente sometida a régimen de Control Directo. No debería  fijarse precio regulado para algo no vendible. Este error genera una "inducción perversa" que daña el sistema de regulación de precios vigente en el país.
1.2.2.2. Como el sistema de reportes a SISMED no cuenta con mecanismos de validación y analítica de datos, no detecta ni corrige datos como del 2° trimestre de 2023 con reportes de Transacciones finales (cobros y recobros))  de 200 unidades sin valor comercial que el sistema pagó por COP 26.238.130.
1.2.2.3. Dado que el sistema de reportes a SISMED no valida ni analíza datos, tampoco detectó ni corrigió datos como del trimestre 1° de 2023 con Transacciones secundarias (reportados por actores de la cadena de distribución) con 19.020 unidades de muestras médicas sin valor comercial por COP 342.360.000.
1.2.2.4. Según datos acumulados de Transacciones secundarias institucionales y comerciales de 2023 se negociaron 19.023 tabletas del CUM  20071938-02 de muestras médicas sin valor comercial por COP 343.784.997 y se habrían cobrado o recobrado al sistema 430 tabletas por COP 33.909.670 a 78.860 c/u.
1.2.2.5. Según datos acumulados de Transacciones secundarias institucionales y comerciales de 2022 se negociaron 480 tabletas del CUM  20071938-02 de muestras médicas sin valor comercial por COP 17.061.830 y se habrían cobrado o recobrado al sistema 210 tabletas por COP 8.799.870 a 41.904 c/u.
1.2.2.6. Si el precio reportado de COP 104.953 en Transacciones finales corresponde a una tableta, la presentación comercial de 30 tabletas (CUM  20071938-02) se habría cobrado o recobrado al sistema por COP 3.148.576, es decir, casi al doble del precio regulado, que a su vez triplica el precio del Laboratorio.
1.2.2.7. La nueva lista de precios regulados -publicada el 31 de julio de 2024- no corrige estos problemas. En lugar de ajustar los cálculos a la realidad del país aumenta el precio regulado en COP 117.629, pasando el precio regulado de la muestra médica sin valor comercial de COP 1.457.536 a COP 1.575.165.

En síntesis, tal como se observa en el caso de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY 50 mg CUM 20071938-02 de "muestra médica sin valor comercial") la debilidad institucional también se traduce en la misma normatividad que genera inconsistencias que deterioran la calidad de los datos del sistema de información. Fijar precios regulados a muestras médicas sin valor comercial es un contrasentido que indujo e induce a la existencia de reportes de transacciones que pueden ser fraudulentas. Y la falta de validación y analítica de los datos reportados s SISMED, deteriora cada vez más el sistema de información.

2.3. Impacto Lamivudina+Abacavir+DOLUTEGRAVIR (TRIUMEQ®GSK) de 1T22 a 4T23
El Impacto de la combinación Lamivudina + Abacavir + DOLUTEGRAVIR (TRIUMEQ®GSK CUM 20081132-01) en los reportes a SISMED del trimestre 1° de 2022 al 4° de 2023 puede verse en el siguiente gráfico:

Gráfico N°5: Pantalla de seguimiento de TRIUMEQ GSK CUM 20081132-01 de Trimestres 1° de 2022 a 4° de 2023

En síntesis, las mismas inconsistencias mencionadas en el caso de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY 50 mg CUM 20071938-01) se reproducen con los reportes de TRIUMEQ CUM 20081132-01 del trimestre 1°de 2022 a 4°de 2023 y múltiples casos donde se observan las mismas manifestaciones de debilidad institucional que se traducen en prácticas que favorecen la protección a la propiedad intelectual de las farmacéuticas, inutilizan la regulación de precios y dañaron -y siguen dañando- el sistema de información, sin que el gobierno actual haya logrado aún revertir los daños que vienen de la administración Duque-Ruiz.  

2.4. Impacto Biterapia Lamivudina+DOLUTEGRAVIR (DOVATO®GSK) de 1T22 a 4T23
El Impacto de la combinación Lamivudina + DOLUTEGRAVIR (DOVATO GSK CUM 20171830-01) en los reportes a SISMED del trimestre 1° de 2022 al 4° de 2023 puede verse en el siguiente gráfico:

Gráfico N°6: Pantalla de seguimiento de DOVATO GSK CUM 20171830-01 de Trimestres 1° de 2022 a 4° de 2023

En síntesis, todo lo mencionado en los casos de DOLUTEGRAVIR (TIVICAY 50 mg CUM 20071938-01 y TRIUMEQ CUM 20081132-01) del trimestre 1°de 2022 a 4°de 2023 se reprodujo con DOVATO CUM 20171830-01, con el agravante de la FALTA DE REGULACIÓN DE PRECIOS para este último producto.

2.5. Impacto DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de Trimestres 1° de 2020 a 4° de 2023
El análisis de los reportes trimestrales a SISMED durante la vigencia de la Circular 06 de 2018 que cambió sistema de reportes (fue publicado en el Diario Oficial No. 50.677 del 6 de agosto del 2018 e implementado a partir del 4° trimestre de 2019) muestra que el crecimiento de ventas en unidades y valores de la molécula DOLUTEGRAVIR (TIVICAY®) y su Combinación con LAMIVUDINA y ABACAVIR (TRIUMEQ®).fue igualmente dinámico. El ingreso de la Combinación LAMIVUDINA + DOLUTEGRAVIR (DOVATO®) en el trimestre 4° de 2021 acentuó claramente esa tendencia, tal como puede verse en el siguiente gráfico:

Gráfico N°7: DOLUTEGRAVIR y Combinaciones. Evolución de ventas trimestrales en unidades y valores de Trimestres 1° de 2020 a 4° de 2023

En síntesis, el análisis detallado de los reportes a SISMED de los trimestres 1° de 2020 a 4° de 2023 ratifica todo lo mencionado en los gráficos 2, 3, 4, 5 y 6, tanto de DOLUTEGRAVIR TIVICAY CUM 20071938-01 como de sus combinaciones TRIUMEQ CUM 20081132-01 y DOVATO CUM 20171830-01.

2.6. Prescripciones de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones en años 2021 a 2023
El análisis de las prescripciones de DOLUTEGRAVR y sus combinaciones en la plataforma MiPres también muestra inconsistencias prominentes que invalidan cualquier evaluación con las modalidades que permitía la misma. Mostramos aquí lo poco que puede verse para 5 regiones y 5 EPSs más importantes  :

2.6.1. Prescripciones DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de 2021 a 2023 en 5 regiones
El análisis de las prescripciones de DOLUTEGRAVR y sus combinaciones en la plataforma MiPres muestra que de 2021 a 2023 el mayor número de prescripciones se habría generado en las regiones de Bogotá, Santander, Valle del Cauca, Cundinamarca y Santa Marta.

Gráfico N°8. Prescripciones de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de 2021 a 2023 en 5 regiones

El problema está en que el número de prescripciones reportadas por regiones es mínimo y las cifras resultan tan insignificantes que no alcanzan ni siquiera para configurar una muestra mínimamente significativa.

2.6.2. Prescripciones de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de 2021 a 2023 en 5 EPSs
El análisis de las prescripciones de DOLUTEGRAVR y sus combinaciones en la plataforma MiPres muestra que de 2021 a 2023 el mayor número de prescripciones se habría generado en las 5 EPSs más importantes muestra a Compensar, Nueva EPS, Sánitas, EPS Sura y Salud Mía.

Gráfico N°9. Prescripciones de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones de 2021 a 2023 en 5 EPSs

El problema está en que el número de prescripciones reportadas por EPSs es mínimo y las cifras resultan tan insignificantes que no alcanzan ni siquiera para configurar una muestra mínimamente significativa.

En síntesis, el análisis de las prescripciones de DOLUTEGRAVIR y sus combinaciones en los años 2021 a 2023 tanto por 5 principales regiones como por 5 principales EPSs muestra que el número de prescripciones reportadas por regiones y por EPSs es mínimo y las cifras resultan tan insignificantes que no alcanzan ni siquiera para configurar una muestra representativa.

2.7. Importancia de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones para GlaxoSmithKline GSK
Finalmente, es interesante conocer la importancia de DOLUTEGRAVIR y sus Combinaciones para GlaxoSmithKline en Colombia, algo que permitiría estimar el nivel de recursos que empleará para defender esta patente. Para tal fin, mostramos las ventas de esta multinacional farmacéutica en los años 2014 a 2023 y los totales de ventas reportadas por esta firma en el último trimestre de 2023.

2.7.1. Evolución de ventas de GlaxoSmithKline GSK en la última década
La evolución de las ventas de GlaxoSmithKline en Colombia, de acuerdo con sus reportes a SISMED de los años 2014 a 2023, puede considerarse estable en unidades y creciente en valores hasta el año 2021, después del cual se produce un salto de las ventas que se revierte en unidades y se mantiene en valores. Vistos lo hechos que se mencionaron en los puntos 2.2. a 2.5. este fenómeno puede deberse mayormente a la influencia de DOLUTEGRAVIR y sus Combinaciones.

Gráfico N°10. Importancia de DOLUTEGRAVIR y sus Combinaciones para GlaxoSmithKline en Colombia

2.7.2. Ventas de GlaxoSmithKline GSK en el último trimestre de 2023
Tal como puede verse en el Gráfico N°10 DOLUTEGRAVIR y sus Combinaciones extremadamente Importantes para GlaxoSmithKline en Colombia. Según reportes a SISMED del 4°trimestre de 2023, 3 de las 5 presentaciones más vendidas en valores corresponden a DOLUTEGRAVIR TIVICAY CUM 20071938-01 y sus combinaciones TRIUMEQ CUM 20081132-01 y DOVATO CUM 20171830-01.

Gráfico N°10. Importancia de DOLUTEGRAVIR y sus Combinaciones para GlaxoSmithKline en Colombia según reportes del 4°trimestre de 2023

En síntesis, según los reportes de GlaxoSmithKline a SISMED, 3 de las 5 presentaciones más vendidas de esta firma en Colombia, corresponden a DOLUTEGRAVIR TIVICAY CUM 20071938-01 y sus combinaciones TRIUMEQ CUM 20081132-01 y DOVATO CUM 20171830-01. Esto muestra la importancia vital de estos productos para el conglomerado comercial GSK, que seguramente recurrirá a todos los recursos disponibles para revertir la Licencia Obligatoria.

3. Presente y futuro de tratamientos del VIH-SIDA en Colombia
Desde la perspectiva de la evidencia internacional el énfasis en DOLUTEGRAVIR de la política del actual gobierno resulta pertinente, pero desde la perspectiva de la realidad nacional ese sesgo puede no ser lo única única opción pertinente, tal como puede verse en los hechos que se describen a continuación.

3.1. Situación del VIH-SIDA en Colombia según la Cuenta de Alto Costo en 2022
De acuerdo con el documento Situación del VIH en Colombia 2022 de la Cuenta de Alto Costo se resume de la siguiente manera:

Gráfico N°11: Resumen que se muestra en la página 71 del informe "Situación del VIH en Colombia 2022" de la Cuenta de Alto costo

En el periodo comprendido entre el 1º de febrero de 2021 y el 31 de enero de 2022, de las personas viviendo con VIH con tratamiento antirretroviral, el 78,12% presentó una carga viral menor de 50 copias/mL y en el 87,60% fue menor a 1.000 copias/mL. La cobertura de tratamiento antirretroviral en las PVV fue del 88,35 % presentando una disminución del 3,46% con respecto al periodo anterior. La región Caribe tuvo la mayor cobertura con un 90,33% de personas recibiendo TAR. Se presentó mayor cobertura de terapia antirretroviral en el régimen de excepción (89,59%), seguido por el contributivo (89,32%). Ver más detalles en el Gráfico N°11.

3.2. Informe CAC no diferencia TENOFOVIR Disoproxil  de TENOFOVIR Alafenamida
En la Tabla 28 del informe
Situación del VIH en Colombia 2022 de la Cuenta de Alto costo, el TENOFOVIR aparece como el medicamento más reportado en las PVV Colombia 2022. No se precisa cuánto corresponde a TENOFOVIR ALAFENAMIDA o TENOFOVIR DISOPROXIL Fumarato, pese a que esta diferencia no es menor

Gráfico N°12: El informe "Situación del VIH en Colombia 2022" muestra TENOFOVIR como el medicamento más reportado en las PVV

En esta tabla puede verse que TENOFOVIR es la molécula más importante entre los medicamentos reportados en las PVV, Colombia 2022, pero no se aclara cuánto corresponde a Tenofovir solo, Trnofovir Alafenamida (con protección de patente vigente en 2022) o Tenofovir Disoproxil fumarato (sin protección de patente)

3.3. En 10 esquemas más reportados 7 incluyen TENOFOVIR y hay 3 opciones STR
En la Tabla 29 del informe Situación del VIH en Colombia 2022 de la Cuenta de Alto costo, el TENOFOVIR aparece en 7 de los 10 esquemas de tratamiento antirretroviral reportados con mayor frecuencia en las PVV incidentes más importantes, sin diferenciar si corresponden a TENOFOVIR ALAFENAMIDA (con patente vigente en 2022) o TENOFOVIR DISOPROXIL Fumarato (sin patente vigente). Y en este grupo aparecen 3 opciones disponibles como esquema STR, tal como puede verse en el Gráfico N°13.

Gráfico N°13: El informe "Situación del VIH en Colombia 2022" muestra TENOFOVIR como la combinación varíable más reportada en las PVV

En esta imagen, de 21 esquemas
de tratamiento antirretroviral reportados con mayor frecuencia en las PVV incidentes Colombia 2022, 14 incluyen TENOFOVIR, sin que se sepa si corresponden a TENOFOVIR ALAFENAMIDA (con patente vigente en 2022) o TENOFOVIR DISOPROXIL Fumarato (sin patente vigente)

3.4. EMTRICITABINA + TENOFOVIR Alafenamida + BICTEGRAVIR la opción Gilead
La pantalla de búsqueda de principios activos del Sistema VMI-CFN muestra 4 opciones de combinación de EMTRICITABINA con TENOFOVIR ALAFENAMIDA. todas con productos de Gilead (casi todas monopólicas) mientras las combinaciones con TENOFOVIR DISOPROXIL son múltiples y además con moléculas distintas de la opción EMTRICITABINA. La opción de Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR es la competidora directa de DOLUTEGRAVIR y sus combinaciones. Las multinacionales propietarias de DOLUTEGRAVIR entablaron y ganaron el litigio internacional llegando a un arreglo económico que está vigente.

Gráfico N°14: La Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR es la opción Gilead competidora de Dolutegravir

Aunque el volumen de ventas de BIKTARVY no es aún muy significativo, el análisis de las mismas variables analizadas con DOLUTEGRAVIR permiten deducir que el impacto de las opciones de Gilead terminará siendo superior.

3.5. BIKTARVY la opción STR de GILEAD: Monopólica y sin regulación de precios
Las pantallas de seguimiento de principios activos y presentaciones reportadas a SISMED de BICTEGRAVIR y BIKTARVY muestran casi las mismas características e  inconsistencias observadas con DOLUTEGRAVIR, tal como puede verse en los siguientes gráficos..

Gráfico N°15: La Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR de Gilead es monopólica y no tiene regulación de precios

En síntesis, la Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR (BIKTARVY® de GILEAD) es también monopólica, muestra inconsistencias similares a las descritas con DOLUTEGRAVIR en sus reportes a SISMED que no se validan ni analizan. Evidencia también una debilidad institucional que se traduce en una normatividad que favorece las prácticas de protección a la propiedad intelectual de las multinacionales farmacéuticas. En este caso con el agravante de ni siquiera haberse incluido en la regulación de precios.

3.5.1. Prescripciones de BIKTARVY de 2021 a 2023 en 5 Regiones
El análisis de las prescripciones de la Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR (BIKTARVY® de GILEAD) en la plataforma MiPres también muestra inconsistencias prominentes que invalidan cualquier evaluación con las modalidades que permitía la misma. Mostramos aquí lo poco que puede verse para 5 regiones y 5 EPSs más importantes

Gráfico N°16. Prescripciones de BIKTARVY® de GILEAD de 2021 a 2023 en 5 Regiones

El análisis de las prescripciones de BIKTARVY® de GILEAD en la plataforma MiPres muestra que de 2021 a 2023 el mayor número de prescripciones se habría generado en las regiones de Bogotá, Valle del Cauca, Antioquia, Cundinamarca y Santander..El problema está en que el número de prescripciones reportadas por regiones es mínimo y las cifras resultan tan insignificantes que no alcanzan ni siquiera para configurar una muestra mínimamente significativa.

3.5.2. Prescripciones de BIKTARVY de 2021 a 2023 en 5 EPSs
El análisis de las prescripciones de BIKTARVY® de GILEAD en la plataforma MiPres muestra que de 2021 a 2023 el mayor número de prescripciones se habría generado en las 5 EPSs más importantes muestra a Sánitas, Nueva EPS, EPS Sura, Compensar y Famisanar.

Gráfico N°17. Prescripciones de BIKTARVY® de GILEAD de 2021 a 2023 en 5 EPSs

El problema está en que el número de prescripciones reportadas por EPSs es mínimo y las cifras resultan tan insignificantes que no alcanzan ni siquiera para configurar una muestra mínimamente significativa.

En síntesis, el análisis de las prescripciones de la Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR (BIKTARVY® de GILEAD) en los años 2021 a 2023 tanto por 5 principales regiones como por 5 principales EPSs muestra que el número de prescripciones reportadas por regiones y por EPSs es mínimo y las cifras resultan tan insignificantes que no alcanzan ni siquiera para configurar una muestra representativa.

3.6. Impacto de EMTRICITABINA sin BICTEGRAVIR se suma al interés de GILEAD
Si asumimos el hecho de la existencia de una confrontación mundial de multinacionales farmacéuticas por este mercado, es importante observar que -tal como puede verse en el Gráfico N°18- en Colombia, el dinamismo de EMTRICITABINA es evidente. Si a este hecho se suma la dinámica de TENOFOVIR ALAFENAMIDA y la exclusividad de BICTEGRAVIR, puede concluirse que existe una realidad de mercado que contradice la exclusividad de la política pública que se está adelantando con DOLUTEGRAVIR y plantea la necesidad de buscar soluciones más ajustadas a la realidad nacional e internacional.

Gráfico N°18. Ventas de EMTRICITABINAS sin BITEGRAVIR en Colombia - Años 2014 a 2023

En síntesis, si tomamos en cuenta la evolución de la Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA + BICTEGRAVIR (BIKTARVY® de GILEAD)  a nivel nacional e internacional, y la evolución de sus componentes EMTRICITABINA, TENOFOVIR ALAFENAMIDA y BICTEGRAVIR en forma independiente, debemos concluir que, en el país, la política pública basada en DOLUTEGRAVIR debe complementarse con alternativas vigentes en la realidad nacional.

4. DOLUTEGRAVIR y moléculas para opciones no protegidas
La Licencia Obligatoria de DOLUTEGRAVIR para uso gubernamental, está en el núcleo de una política pública ajustada a la tendencia mundial de Tratamientos de dosis diaria STR, que se consideran de mayor eficacia, menores efectos secundarios y mejor relación costo-beneficio. Según el Proyecto de Resolución armi con su respectiva Memoria Justificativa armi esta política se implementará con DOLUTEGRAVIR y sus combinaciones con LAMIVUDINA y TENOFOVIR DISOPROXIL Fumarato.

4.1. Ventas de LAMIVUDINA sin DOLUTEGRAVIR durante los años 2014 a 2023
El Gráfico N°19 muestra la evolución de las ventas de LAMIVUDINA sin DOLUTEGRAVIR en la última década. Puede verse que luego de una evolución dinámica de sus ventas en unidades y valores hasta el año 2016, se produjo una caída constante hasta el año 2023, mucho más manifiesta en unidades que en valores.

Gráfico N°19. Ventas de LAMIVUDINA sin DOLUTEGRAVIR en Colombia - Años 2014 a 2023

4.2. Ventas de TENOFOVIR DISOPROXIL (sin protección de patente) de 2014 a 2023
El Gráfico N°20 muestra la evolución de las ventas de TENOFOVIR DISOPROXIL sin DOLUTEGRAVIR en la última década. Puede verse que luego de una evolución dinámica de sus ventas en unidades y valores hasta el año 2020, se produjo una caída extraordinaria el año 2021 y una recuperación muy dinámica hasta el año 2023, La caída del 2021 fue más manifiesta en unidades que en valores y es posible que se hayan añadido inconsistencias en los reportes.

Gráfico N°20. Ventas de TENOFOVIR DISOPROXIL en Colombia - Años 2014 a 2023

4.3. En Colombia TENOFOVIR ALAFENAMIDA tiene solo un competidor disponible
Tal como puede verse en el Gráfico N°21 la Combinación EMTRICITABINA + TENOFOVIR ALAFENAMIDA de DESCOVY CUM 20131470-01 de GILEAD, está disponible también como VYVALTO CUM 20148969-01 de Laboratorios RICHMOND de Colombia.

Gráfico N°21. Reportes trimestrales de VYVALTO CUM 20148969-01 de Laboratorios RICHMOND de Colombia - Años 2022 a 2023

Como sucede con muchos reportes a SISMED, los datos de VYVALTO CUM 20148969-01 de Laboratorios RICHMOND también tienen inconsistencias tales como:
a) Al igual que DESCOVY CUM 20131470-01 de GILEAD está en régimen de Libertad de precios (es decir, no tiene precio regulado),
b) Sus reportes de Transacciones Primarias, Secundarias y Finales no guardan coherencia (las diferencias resultan realmente excesivas),
c) Todos sus Precios reportados son por Tableta o UniDosis y no por CUM. Esto hace necesario recalcular el PPPS para poder comparar con el precio en Farmacias,
d) Obviamente, los datos reportados no están validados ni analizados, algo que deteriora mucho la calidad de la información.

5. DOLUTEGRAVIR y combinaciones en opciones no protegidas
De acuerdo con el Proyecto de Resolución armi con su respectiva Memoria Justificativa armi la opción elegida será la de la Organización Panamericana de la Salud:

5.1. LAMIVUDINA + TENOFOVIR DISOPROXIL + DOLUTEGRAVIR opción STR de OPS
El Gráfico N°21 muestra una captura de la pantalla de la Combinación LAMIVUDINA+TENOFOVIR DISOPROXIL+DOLUTEGRAVIR en la páginas de la OPS sobre el tema

Gráfico N°22: La Combinación LAMIVUDINA + TENOFOVIR DISOPROXIL + DOLUTEGRAVIR ea la opción elegida por la OPS

Documentación disponible en las páginas de la Organización Panamericana de Salud

Evaluación del uso de fármacos de la combinación de dosis fija de tenofovir/lamivudina/dolutegravir (TLD) para el inicio y la transición entre personas infectadas por el VIH que asisten al hospital primario de Lumame, noroeste de Etiopía.
Diseño del ensayo clínico D3/Penta 21: ensayo aleatorizado de no inferioridad con subestudio de licencia de fármacos anidado para evaluar formulaciones de dosis fijas de dolutegravir y lamivudina para el mantenimiento de la supresión virológica en niños con infección por VIH-1, de 2 a 15 años.
Modelado farmacocinético poblacional de dolutegravir/lamivudina para respaldar un régimen combinado de dosis fija una vez al día en adultos con supresión virológica que viven con VIH-1.
Lamivudina más dolutegravir como estrategia de cambio en niños: informes de tres casos.
Los regímenes de dos fármacos, dolutegravir/lamivudina y dolutegravir/rilpivirina, son eficaces con pocas interrupciones en entornos reales de EE. UU.: resultados del estudio TANDEM.
Efectividad en el mundo real de dolutegravir/lamivudina en personas con VIH-1 en entornos de prueba y tratamiento o con cargas virales iniciales elevadas: análisis de subgrupos del estudio TANDEM.
Ensayo de tenofovir en orina de bajo costo para clasificar las pruebas de resistencia a dolutegravir.
Eficacia de lamivudina más dolutegravir frente a regímenes de tres fármacos basados ​​en dolutegravir en personas con VIH que están virológicamente suprimidas.
Cambio a un régimen de dos fármacos con dolutegravir/lamivudina: durabilidad y resultados virológicos por edad, sexo y raza en la atención clínica de rutina en EE. UU.
Evaluación farmacocinética y de bioequivalencia de regímenes de tableta única y de tabletas separadas para ainuovirina, lamivudina y fumarato de tenofovir disoproxilo en sujetos sanos chinos.
INFORMES EVALUACION
Eficacia y seguridad del uso de dolutegravir en combinación con abacavir más lamivudina, en el tratamiento de pacientes adultos diagnosticados con VIH con contraindicación para el uso de efavirenz
Ver además https://medlistapp.paho.org/es/medicine/1777/?section=172  Lista Modelo de Medicamentos Esenciales de la Organización Mundial de la Salud (OMS) 2019 Lista de Medicamentos del Fondo Estratégico de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)

5.2. LAMIVUDINA + TENOFOVIR DISOPROXIL + DOLUTEGRAVIR Otras Opciones STR
El
Gráfico N°23 muestra otras opciones de suministro de la Combinación LAMIVUDINA+TENOFOVIR DISOPROXIL+DOLUTEGRAVIR que podrían estar disponibles

Gráfico N°23: Otras opciones de la Combinación LAMIVUDINA + TENOFOVIR DISOPROXIL + DOLUTEGRAVIR

Las licencias obligatorias en curso fueron solicitadas por:
1. MINISTRO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL 2. LABORATORIOS RICHMOND COLOMBIA S.A.S y 3. HETERO LABS LIMITED y SEVEN PHARMA COLOMBIA S.A.S. Otras dos fueron negadas por extemporáneas: 1. PHARMA COLOMBIA S.A.S. y 2. EXELTIS COLOMBIA SAS

5.3. Combinación LAMIVUDINA + DOLUTEGRAVIR ¿Otra opción STR para Colombia?
Existe también suficiente evidencia internacional para el uso de la Combinación LAMIVUDINA + DOLUTEGRAVIR, por tratarse de tratamientos STR con mayor eficacia, menores efectos secundarios y mejor relación costo-beneficio, tal como puede verse en esta presentación del Dr. Boris Revollo B. MD, PhD (Germans Trias i Pujol University Hospital Infectious Diseases Department). Ver Archivo convertido a PDF.

Gráfico N°24: Presentación de evidencia internacional  del uso de la Combinación LAMIVUDINA + DOLUTEGRAVIR

Ver Actualización de las directrices 1 DTG/3TG en personas “especiales” con VIH-1 que no han recibido tratamiento | Informes de RWD sobre la eficacia de DTG/3TG en personas con VIH-1 que no han recibido tratamiento y con baja carga viral TCD4+ o alta | Nuevos datos sobre estrategias de cambio de tratamiento | Conclusiones

6. Proyección acciones de Litigio Estratégico sobre VIH-SIDA
Tomando en cuenta que los hechos planteados en este documento constituyen INDUCCIONES PERVERSAS que generan insuficiencias e inconsistencias graves en el funcionamiento del sistema de salud colombiano, es necesario adelantar urgentemente correctivos que no requieren cambios normativos y pueden adelantarse al margen de la aprobación de una reforma estructural. Para este fin, son necesarios correctivos inmediatos en el sistema de información que no pueden adelantarse sin conocer datos elementales del sistema vigente. Por esta razón, iniciaremos acciones de litigio estratégico, presentando Derechos de Petición dirigidos a:
ADRES, sobre microdato de valores pagados por Régimen, CUM, Región, EPS, IPS, Operador Farmacéutico y posibles estudios de pertinencia
Ministerio de Salud - OTIC, sobre inconsistencias en datos reportados a SISMED, falta de validaciones y analítica
Ministerio de Salud - MiPres, sobre inconsistencias en datos de Prescripciones y efectos de la Política de Presupuestos Máximos
Ministerio de Salud - Cuenta de Alto Costo, sobre inconsistencias en Informes publicados y posibles estudios de pertinencia
Ministerio de Salud - Med-Col-STAT, sobre inconsistencias en la Plataforma, Informes generados y posibles estudios de pertinencia
Instituto Nacional de Salud - Informes publicados y posibles estudios de pertinencia
INVIMA, sobre inconsistencias en su base de datos, posibles estudios de pertinencia y Farmacovigilancia

7. Proyección de cambios estructurales en el sistema de salud
Luego, tomando en cuenta que una normatividad diseñada para la defensa de los intereses de la salud pública fue desnaturalizada por un cambio de gobierno y una política pública de "Todo el poder a las EPS" (dejó de desarrollarse el Banco de la Salud ADRES, no se amplió el "Giro Directo a Prestadores", se llenó de inconsistencias al modelo de transparencia de precios y ventas del mercado farmacéutico de SISMED y se dañó el acceso al microdato de ventas y prescripción de los CUBOS de SISMED y MiPres, se frenó el Decreto de Apertura de competencia de medicamentos Biotecnológicos, al igual que la Resolución de transparencia en transferencias de valor, etc. y solo para mencionar los daños más importantes). Es necesario prevenir estos retrocesos, con NORMATIVIDADES VIRTUOSAS con fuerza de Ley, como las siguientes:

7.1. Acuerdo No.15 de Política Farmacéutica en Proyecto de Reforma a la Salud ANM
Las organizaciones más representativas de los médicos colombianos, presentaron los 14 ACUERDOS FUNDAMENTALES de lo que consideran esencial para el pleno desarrollo de la Ley Estatutaria 1751 de 2015 y el Sistema de Salud en ella establecido.

Gráfico N°25: Acuerdo Fundamental N°13 de POLÍTICA FARMACÉUTICA con firma de 21 organizaciones médicas

Acuerdo 13. Política farmacéutica

Avanzar en el desarrollo de la Política Farmacéutica Nacional (PFN) establecida en el CONPES Social 155 de agosto de 2012, formulada con anterioridad a la expedición de la Ley Estatutaria en Salud, de tal manera que, la nueva política despliegue lo ordenado en el artículo 23 de esta ley:

“El Gobierno Nacional establecerá una Política Farmacéutica Nacional, programática e integral en la que se identifiquen las estrategias, prioridades, mecanismos de financiación, adquisición, almacenamiento, producción, compra y distribución de los insumos, tecnologías y medicamentos, así como los mecanismos de regulación de precios de medicamentos. Esta política estará basada en criterios de necesidad, calidad, costo efectividad, suficiencia y oportunidad”.

Para el efecto, se propone que la PFN sea:

• Programática, con metodología científica y objetivos a corto, mediano y largo plazo.
• Integral, con elementos de integración horizontal y vertical de las tecnologías en salud.
• Estratégica, con vocación de soberanía tecnológica y mecanismos de transferencia.
• Priorizada, hacia la defensa de la salud pública y el derecho fundamental a la salud.
• Optimizada, en todos sus procesos de adquisición y uso pertinente.
• Sostenible, con base en la detección y eliminación de falsas innovaciones tecnológicas, el freno a abusos de posición dominante y la erradicación de todas las formas de corrupción.
• Sistema Único e Integrado de Información en Salud, para garantizar trasparencia con acceso público a la información epidemiológica y de todas las transacciones económicas.

Después de 9 años de proferido el CONPES 155, el INVIMA aún mantiene inconsistencias graves en su base de datos de medicamentos, como el manejo de códigos únicos de medicamentos para los registros sanitarios vigentes (ATC), coincidencias de indicaciones por principio activo, data de titularidad de registros sanitarios, oportunidad de renovaciones y manejo de fechas de vigencia. A cinco años del Decreto de apertura de competencia con Biotecnológicos, la plataforma de Biológicos aún no funciona a la perfección. No muestra la información de registros sanitarios, no completó la asignación del Identificador Único del Medicamento (IUM), persiste la falta de parametrización de datos clave, entre otros aspectos.

Estas deficiencias se transmiten a otros sistemas de información como el Sistema de Información de Precios de Medicamentos (SISMED) y la herramienta tecnológica para prescripción -MIPRES.

En cumplimiento del artículo 23 de la LES, el INVIMA deberá adelantar políticas de mejor información y educación sanitaria para la población, exigir mayor transferencia de tecnología y contribuir al desarrollo de capacidades nacionales crecientes en pro de mayor seguridad y en pro de la soberanía farmacéutica.

Así mismo, se avanzará en el control de precios de medicamentos con base en comparaciones internacionales; se extenderá progresivamente a medicamentos de alto costo, innovadores, genéricos, biológicos y biosimilares; control de precios a insumos de alto costo y a ciertas tecnologías en salud. Se considerarán las negociaciones centralizadas como parte de esta política.

Impulsar y promover alianzas y mecanismos de producción nacional de vacunas, de medicamentos e insumos y productos básicos en salud, para avanzar en los conceptos de seguridad, soberanía e independencia farmacéutica y tecnológica.

Declarar exentos de IVA los medicamentos, insumos y tecnologías básicas en el Sistema de Salud.

Firman:

Academia Nacional de Medicina.
Presidente: Gabriel Carrasquilla Gutiérrez, en representación del grupo de Acuerdos Fundamentales.
Asociación Colombiana de Sociedades Científicas -ACSC. Agamenón Quintero Villarreal, presidente.
Colegio Médico Colombiano -CMC. Stevenson Marulanda Plata, presidente.
Asociación de Profesiones de la Salud -ASSOSALUD. Mauricio Echeverri Diez, presidente.
Federación Odontológica Colombiana -FOC. María Fernanda Atuesta Mondragón, presidente.
Sociedad Colombiana de Anestesiología y Reanimación -SCARE. Olga Lucía Herrera Losada, presidente.
Asociación Médica Sindical, ASMEDAS Cundinamarca. Jaime Cuervo Saavedra, secretario general.
Colegio Médico de Cundinamarca y Bogotá -CMCB. Clemencia Mayorga Ramírez, presidente.
Colegio Médico de Antioquia. Carlos Eduardo Valdivieso Gelves, presidente.
Colegio Médico de Santander. Sandra Milena Acevedo Rueda, presidente.
Colegio Médico del Cauca. Martha Sofía Bedoya, presidente.
Federación Colombiana de Sindicatos Médicos -FECOLMED. Jorgenrique Enciso Sánchez, presidente.
Academia Nacional de Medicina, Capítulo Nariño. Emma Guerra Nieto, presidente.
Academia de Medicina de Medellín. Giovanni García Martínez, presidente.
Asociación Gremial y Sindical de Cirujanos de Ortopedia y Traumatología. Roberto Díaz González, presidente.
Federación de Sindicatos de Anestesiología -FSA. Luis Mauricio García Borrero, presidente.
Asociación de Epidemiología de Colombia -ASOCEPIC. Luis Jorge Hernández Flórez, presidente.
Federación Nacional de Prestadores de Servicios de Salud -FENALSALUD. Joaquín Enrique Villamizar Zúñiga, presidente.
Asociación de Médicos Egresados de la U. del Valle -AMEUV. Álvaro Bustos Mejía, presidente.
Unión Gremial de Dermatólogos de Colombia. UNIDERMA. Arturo César Argote, presidente.
Academia de Medicina del Valle del Cauca. Néstor Harry Amorocho Pedraza, presidente.

7.2. Ley 2386 de 25jul24 de SOBERANÍA FARMACÉUTICA logro de la Sociedad Civil
Al margen de la tendencia de Radicalismo Verbal Maximalista con Insuficiencia Técnica y Ejecutiva, que llevó al fracaso el Proyecto de Reforma Estructural a la Salud, organizaciones de la Sociedad Civil, en una mesa intersectorial coordinada por el Colegio Nacional de Químicos Farmacéuticos de Colombia, donde participaron:
Asociación de Industrias Farmacéuticas en Colombia (Asinfar),
Asociación de Laboratorios Farmacéuticos de Investigación y Desarrollo (Afidro),
Asociación Colombiana de la Industria Farmacéutica (Ascif),
Cámara de la Industria Farmacéutica de la Asociación Nacional de Empresarios (Andi), y
Asociación Colombiana de Programas [de pregrado] de Farmacia, Ascolprofar.
Con el respaldo del Clúster Farmacéutico de la Cámara de Comercio de Bogotá.
Y la gestión del Senador Pedro Flórez y la Representante Jennifer Pedraza
Y los Ponentes en Senado Pedro Flórez (Comisión VI y Plenaria) y en Cámara: Dolcey Torres (Comisión VI y Plenaria)
Demostraron que SÍ era posible aprobar una Ley de Política Nacional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico, Innovación y Producción, de la Industria Farmacéutica para la AUTONOMÍA sanitaria de Colombia.

Gráfico N°26: Ley 2386 de 25jul24 de SOBERANÍA FARMACÉUTICA lograda por la Sociedad Civil

Ver Ley de Política Nacional de Investigación Científica, Desarrollo Tecnológico, Innovación y Producción de la Industria Farmacéutica para la Autonomía Sanitaria de Colombia.

7.3. Sistema Integrado Transaccional y Distribuido de Información en Salud SITDIS
El Sistema de Información en Salud debe Integrarse y ser Transaccional y Distribuido. Ante los cambios sufridos por el proyecto de SUIIS/SPUIIS y el fracaso del proyecto de Reforma a la Salud en el Congreso durante 2024, los contenidos de esa página fueron actualizados para presentar la nueva propuesta de Sistema de Información Transaccional y Distribuido de Información en Salud SITDIS.

7.4. Enlaces de respaldo documental de DOLUTEGRAVIR y Combinaciones
1. DOLUTEGRAVIR y Asociaciones: Argumentos a favor
1.1. OMS recomendó DTG como elección para VIH en todas las poblaciones
1.2. OPS Actualización de transición a tratamientos basados en DTG (TLD)
1.3. Asociación DTG+3TC opción más eficaz, menos tóxica y más económica
1.4. Persistencia con DTG+3TC versus BIC/FTC/TAF entre personas con VIH
2. Tratamientos VIH-SIDA: Resistencias, revisiones
2.1.
Nuevo informe documenta aumento de farmacorresistencia al Dolutegravir
2.2. Resistencia a los medicamentos del VIH – OMS Informe breve 2024
2.3. Dolutegravir y Bictegravir: Cara a cara a las 96 semanas. Artículos varios

2.4. Inhibidores de la integrasa del VIH-1: Revisión comparativa de eficacia y seguridad
Ver más publicaciones de la OMS  DIP DTG Observaciones a recomendaciones del Comité Técnico Interinstitucional armi
Dolutegravir: una revisión de la farmacología, eficacia y seguridad en el tratamiento del VIH
Gilead anuncia la resolución global de la disputa sobre la patente de Bictegravir con ViiV Healthcare por 1.250 millones de dólares ameridanoe
Archivos Reserva Med-Informática (armi):
GPC392021_InfecciónVIH_SIDAenAdultasGestantesAdolescentes CAC_VIHenColombia2022 CAC_VIH_Consenso2023
Resumen y explicación de la Resolución No. 1579 del 02 de octubre de 2023 Por medio de la cual el Ministerio de Salud y Protección Social declaró la existencia de razones de interés público para someter la Patente No. 07115501 del medicamento compuesto por Dolutegravir para combatir el Virus de la Inmunodeficiencia Humana (VIH), a licencia obligatoria en la modalidad de uso gubernamental. Departamento de Propiedad Intelectual Universidad Externado de Colombia | Medicamento de interés público: la SIC publica los requisitos para vender dolutegravir El Espectador 03feb241 Colombia firmó por primera vez una licencia obligatoria para un medicamento, ¿por qué es una decisión relevante? Periódico UNAL 10may24 | ONUSIDA celebra el anuncio del gobierno colombiano que permitirá a las personas acceder al tratamiento del VIH más adecuado para ellas Naciones Unidas Colombia |

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Mary Rey de Andia Última actualización: 30ago24
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